SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2015-S1

Fecha: 30-Mar-2015

1)

Ramiro Ariel Julio Blanco Fuentes, Juez de Instrucción Mixto y Cautelar de Coroico en suplencia legal de su similar de la localidad de Chulumani, mediante informe escrito cursante de fs. 60 a 62, refirió que: 1) El 4 de junio de 2014, el Fiscal de Materia presentó imputación formal contra Alejandro Ticona Apaza, por la presunta comisión del delito de robo en grado de tentativa y allanamiento de domicilio; 2) De los elementos de convicción recolectados en las diligencias preliminares el Ministerio Público afirmó su imputación, la existencia de los hechos denunciados, así como la participación y autoría del accionante, presentando el informe de acción directa, acta de registro del lugar del hecho, acta de requisa personal, declaración de la víctima y declaración del imputado, solicitando la aplicación de medidas personales de detención preventiva; 3) En la misma fecha señaló audiencia de consideración de medidas cautelares y existiendo la concurrencia de los riesgos procesales, dispuso la detención preventiva del accionante a cumplirse en el Centro Penitenciario de San Pedro, contra dicha determinación el accionante interpuso el recurso de apelación incidental con los mismos argumento de la acción de libertad; y, 4) La jurisprudencia constitucional exige el agotamiento de las vías procesales antes de acudir a este medio de defensa, aspecto que no sucedió, encontrándose pendiente de resolución la apelación planteada; por otro lado, el accionante no demostró encontrarse indebidamente procesado o privado de su libertad personal.