Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2015-S1
Fecha: 30-Mar-2015
acción de libertad
En revisión la Resolución 03/2014 de 2 de septiembre, cursante de fs. 70 a 73, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Alejandro Ticona Apaza contra Heber Gonzalo Torrejon Siñani, Fiscal de Materia y Ramiro Ariel Julio Blanco Fuentes, Juez de Instrucción Mixto y Cautelar de Coroico en suplencia legal de su similar de Chulumani
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.3. Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones en forma simultánea
- “…no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales, pues, esto conllevaría a una disfunción procesal contraria al orden jurídico; con la posibilidad de que existan dos resoluciones paralelas tanto de la justicia ordinaria como de la justicia constitucional…”
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR