Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0321/2015-S3
Fecha: 20-Mar-2015
rechazó
El Juez Mixto de Partido, de Sentencia Penal y Liquidador de Betanzos del departamento de Potosí, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 003/2014 de 28 de agosto, cursante a fs. 232 y vta., rechazó in limine la acción presentada; consecuentemente, la parte accionante, mediante memorial presentado el 3 de septiembre de igual año (234 a 235), impugnó dicha determinación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- rechazó
- Fragmento 4
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- de ahí que ésta Sala, concluye que por regla general las autoridades llamadas a salvaguardar a los ciudadanos de las vías o medidas de hecho son
- no siendo la vía adecuada para dirimir supuestos derechos que se encuentren controvertidos o que no se encuentren consolidados, porque dependen para su consolidación de la dilucidación de cuestiones de hecho o de la resolución de una controversia sobre los hechos
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR