SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0322/2015-S3

Fecha: 27-Mar-2015

concedió

El Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial de Yacuiba del departamento de Tarija, en suplencia de su similar Segundo, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución de 27 de agosto de 2014, cursante de fs. 310 a 313, concedió la acción de amparo constitucional, ordenando que: i) los demandados César Ángel Tapia Cáceres, Joel Herrera, Irma Vásquez Miranda, Loyda Cano Albornoz, Norma Soliz García, Juana Eva Huallpa Valencia de Tarquino, Justo Tarqui Hinojosa, Alberta Poli Villagómez, Vladimir Llanos, Nelly y Justina Torres Llanos, “Germán Gallardo” y los no identificados que se encuentran ilegalmente en posesión y mediante actos de hecho, en el plazo de dos días dela notificación con la presente Sentencia, restituyan a favor de los ahora accionantes el bien inmueble de su propiedad, bajo apercibimiento de librarse mandamiento de desapoderamiento y con la ayuda de la fuerza pública; ii) Existiendo presuntos indicios de responsabilidad civil, conforme a los arts. 39.I y 57.I del CPCo, se abrió término de prueba de diez días a la notificación con la Resolución; iii) En cuanto a los indicios de responsabilidad penal, habiéndose iniciado la causa penal, no ha lugar a lo solicitado; y,  iv) Se ordenó nuevamente la notificación a la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, a efecto de que se haga seguimiento del cumplimiento de la Sentencia, ante la denuncia de la presencia de menores de edad en el bien inmueble cuya restitución se ordenó.