Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0326/2015-S3
Fecha: 27-Mar-2015
III.1. El derecho a una Resolución fundamentada y motivada como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
La jurisprudencia constitucional fue fecunda a la hora de construir una línea de entendimiento -sólida a nuestros días- con relación al debido proceso en sus diferentes dimensiones (principio, garantía, derecho) así como en los componentes que lo integran, tales como el derecho a la defensa, a la impugnación, a la doble instancia, a la igualdad procesal de las partes, al juez natural, a la motivación y fundamentación de las resoluciones, entre otros, resaltando la enumeración de dichos componentes, se atiene a un carácter descriptivo y no limitativo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El derecho a una Resolución fundamentada y motivada como componente esencial del debido proceso. Jurisprudencia reiterada
- toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión, para lo cual, también es necesario que exponga los hechos establecidos, si la problemática lo exige, de manera que el justiciable al momento de conocer la decisión del juzgador lea y comprenda la misma,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR