AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2015-O
Fecha: 28-Abr-2015
Fragmento 11
Sobre el Auto de Vista 36/15 de 17 de marzo de “2014” -lo correcto es, 2015-, por el cual el Tribunal de garantías, declaró “A LUGAR el incidente de incumplimiento de ejecución” (sic) de la SCP 1394/2013 y ACP 0026/2014-O, cabe enfatizar que el mismo resulta a todas luces inadmisible, porque no sólo transgrede abiertamente lo que señala el art. 203 de la CPE que establece: “Las decisiones y sentencias del Tribunal Constitucional Plurinacional son de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, y contra ellas no cabe recurso ulterior alguno”; sino desnaturaliza la esencia misma de la acción de amparo constitucional, en cuanto a la tutela de derechos fundamentales frente a actos ilegales u omisiones indebidas de funcionarios y particulares, incurriendo asimismo en denegación de justicia.
- Kelly Verónica Peralta Pérez
- A LUGAR EL INCIDENTE DE EJECUCIÓN
- I.2. Petitorio
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1.Sobre el cumplimiento de las Resoluciones Constitucionales
- Fragmento 9
- Ministerio Público”
- Fragmento 11
- III.2. El Auto de Vista de 17 de marzo de “2014” dictada por el Tribunal de garantías
- A LUGAR
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- 1º REVOCAR