AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2015-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0010/2015-O

Fecha: 28-Abr-2015

II.3.

II.3.  Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2014 (fs. 958 a 960), reiterado el 21 del mismo mes y año (fs. 970 a 971 vta.) y 21 de enero de 2015 (fs. 1002 a 1003 vta.), Adalberto Yelio Salas Banegas, hizo conocer formalmente la imposibilidad de cumplimiento de  la SCP 1394/2013, aduciendo que si bien las decisiones y sentencias constitucionales plurinacionales del Tribunal Constitucional Plurinacional son vinculantes y de cumplimiento obligatorio, lo primero tiene efecto 'erga omnes' y la segunda 'inter partes', por lo que, en su calidad de tercero interesado, al no haber sido demandado, no cometió ningún acto ilegal; por lo tanto no puede ser obligado a cumplir un fallo en la cual no fue demandado, aclarando que es propietario de las casetas.