Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2015-S1
Fecha: 11-Abr-2015
a)
Iván Quintanilla Calvimontes, Fiscal de Materia, en la audiencia señaló que: a) No existe una persecución ilegal por cuanto existe una imputación formal del Ministerio Público; b) No se coartó el derecho a la circulación como la accionante alega, y tampoco existe mandamiento de aprehensión en su contra; y, c) Revisado el cuaderno de investigación existen las citaciones correspondientes, y siendo el delito de orden público, el Ministerio Público tiene la obligación moral y jurídica de continuar esta acción penal.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.Ratificación de la acción
- a)
- denegó
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Del procesamiento indebido o ilegal y la acción de libertad
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- III.2. La extinción de la acción penal a través de la acción de libertad
- III.3. Persecución ilegal o indebida, como presupuesto de activación de la acción de libertad
- III.4.
- CONFIRMAR