Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2015-S1
Fecha: 06-Abr-2015
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Primera Especializada; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 44.1 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 19 de 4 de septiembre de 2014, cursante de fs. 27 a 28, pronunciada por la Sala Civil, Social, Familia, de la Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso
- III.4. Sobre las medidas cautelares
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR