Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0323/2015-S1
Fecha: 06-Abr-2015
I.2.1. Ratificación de la demanda
El accionante a través de su abogado, reiteró los fundamentos de la acción de amparo constitucional aludiendo que conforme el art. 364 del CPP, señaló que la sentencia absolutoria ordenó la libertad inmediata del imputado y en el acto la cesación de las medidas cautelares personales, a la que se niegan las autoridades demandadas, habiendo interpuesto un memorial de reposición por ser un decreto de mero trámite, además de ello el Ministerio Público y la parte denunciada apelaron la sentencia al igual que el accionante, misma que fue declarada no ha lugar.
- Fragmento 1
- I.1.1. Fundamentos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso
- III.4. Sobre las medidas cautelares
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR