Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2015-S1
Fecha: 06-Abr-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Los accionantes alegan como lesionados sus derechos al trabajo, a la vida, a la salud, a los servicios básicos de agua potable y alcantarillado; citando al efecto los arts. 119.I, 115.I, 120.I y 178.I de la Constitución Política del Estado (CPE) y 8.1, 11 y 25.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3.
- III.4
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR