SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0324/2015-S1

Fecha: 06-Abr-2015

II.4.

II.4.  Por acta audiencia de acción de amparo constitucional la demandada debidamente asistida de su abogado, en vía directa expresa “…la señora no canceló los alquileres puntualmente, pagaba de a poco, yo le dí mesas, sillas, garrafas y otras cosas que ella no devolvió” (sic), esta confesión espontanea genera la convicción indubitable que entre las partes existe una relación contractual, misma que se regula por la normatividad que se desarrollará en los fundamentos jurídicos del fallo.