Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2015-S3
Fecha: 09-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes alegan que viven en un bien inmueble sito en Cochabamba juntamente con dos hermanos del coaccionante Simón Díaz Requiz, quienes sin embargo procedieron al corte del suministro de los servicios básicos de agua potable, energía eléctrica y alcantarillado, colocando candados a los medidores, grifos y puerta del único baño que existe en la casa, negándose enfáticamente a los intentos de proceder a la reconexión de dichos servicios, alegando una deuda pendiente de pago.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Medidas de hecho sobre servicios básicos
- III.3.
- III.4. Flexibilización al principio de subsidiariedad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR