SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0334/2015-S3
Fecha: 09-Abr-2015
III.4. Flexibilización al principio de subsidiariedad
Las acciones vinculadas a medidas o vías de hecho, constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, pues constituyen graves violaciones al orden constitucional vigente y configura una directa afrenta a la configuración del Estado Constitucional de Derecho; consiguientemente “…constituyen una excepción a la aplicación del principio de subsidiariedad, por tanto, el control tutelar de constitucionalidad puede ser activado frente a estas circunstancias sin necesidad de agotar previamente otros mecanismos ordinarios de defensa, aspecto reconocido de manera uniforme por la jurisprudencia emanada en ejercicio del control de constitucionalidad y que debe ser ratificado por este Tribunal Constitucional Plurinacional” (SCP 0998/2012 de 5 de septiembre).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Medidas de hecho sobre servicios básicos
- III.3.
- III.4. Flexibilización al principio de subsidiariedad
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR