Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2015-S3
Fecha: 09-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante alega como vulnerados sus derechos a la igualdad, a la propiedad privada, al trabajo y a ¡a "seguridad jurídica" puesto que dentro deí proceso de importación de vehículos, la Autoridad Jerárquica de Impugnación Tributaria determinó anular el proceso de contravención, disponiendo que la Aduana Interior Oruro emitiese nuevas actas contravencionales en las cuales exponga y demuestre que el vencimiento del plazo para el despacho aduanero fueron atribuibles al importador; empero, las referidas determinaciones no fueron cumplidas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- i)
- 1.2.4. Resolución
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo no es la vía para exigir el cumplimiento de resoluciones administrativas, jurisprudencia reiterada
- una vez que el agraviado tenga una resolución, ya sea administrativa o judicial, favorable a sus intereses y esa decisión no sea obedecida por la persona o autoridad requerida; es el órgano judicial o administrativo, que se pronunció sobre la pretensión del requirente, el obligado a hacerla ejecutar dentro de los alcances de sus competencias y para ello es necesario que el agraviado recurra nuevamente a ella para que utilice los mecanismos persuasivos o coercitivos para el cumplimiento de la decisiones
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR