Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0349/2015-S3
Fecha: 09-Abr-2015
III.2.1.
III.2.1. Respecto al derecho a la motivación, fundamentación y congruencia del Auto citado, conforme se mostró en la Conclusión II.3. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, se evidencia que tal fallo, expuso los razonamientos y los motivos que determinaron la improcedencia del recurso de casación planteado por el accionante, conteniendo una estructura de forma y de fondo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debe procurarse generar en el recurrente la certeza de que evidentemente incumplió con las exigencias que la norma establece, precisando cuál o cuáles de los requisitos fueron omitidos y por qué se tienen como incumplidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1.
- menos puede convertirse en un supra tribunal con facultades de revisar lo obrado por autoridades de otras jurisdicciones, a menos que la accionante hubiera manifestado de manera precisa
- CONFIRMAR