SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2015-S1

Fecha: 13-Abr-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de la querella interpuesta por Cira Juana Murillo Beltrán, contra Patricia Ingrid y Claudia Ineka Forcada Murillo por el supuesto ilícito de despojo estipulado en el art. 351 del Código Penal (CP); el accionante refiere que se presentó en el juicio oral público y contradictorio, para declarar como testigo de descargo, la abogada de la parte querellante en una de sus preguntas consultó al testigo; “Quien y cuando cambio la chapa del departamento 1301 del edificio Santa Isabel” (sic) a lo que respondió, “yo sugerí a mis dos hijas para que cambien las chapas como un recaudo de seguridad, ya que Claudia Ineka vivía sola en departamento 401 del edificio Santa Isabel en calidad de Anticresista y Patricia Ingrid vivía también pero en el departamento 1301 del mismo edificio” (sic), esta confesión provocó que la querellante, el 4 de enero de 2013, solicite ampliación de la querella y acusación particular en su contra, misma que fue rechazada por  el Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, rechazó la solicitud, mediante Auto de la misma fecha, al considerar que no se demostró el ilícito.

Contra este auto de rechazo de 4 de enero de 2013, la querellante interpuso recurso de apelación que fue resuelto por los Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que mediante Resolución 174/2013 de 2 de septiembre, en aplicación del art. 406 del Código de Procedimiento Penal (CPP), declarándolo probado, dictaminando la revocatoria del Auto apelado y disponiendo la admisión de la ampliación de la querella, dándole al accionante la calidad de nuevo procesado, razón por la cual planteo esta acción tutelar.