SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0366/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
Fragmento 13
De los antecedentes procesales se constata, que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y acusación particular contra Eloy Efraín Paco Mayta y otros, la accionante, no concurrió a la audiencia de juicio oral de 4 de abril de 2014, motivando que el Tribunal de Sentencia Penal de Quillacollo del departamento de Cochabamba, a solicitud de la defensa, emita el Auto de la misma fecha, declarando el abandono de la querella en aplicación del art. 292 inc. 4) del CPP, determinación contra la que suscitó incidente de nulidad por defectos absolutos, que fue rechazado por Auto de 6 de mayo de 2014, el que a su vez fue objeto de apelación incidental, que se encuentra pendiente de resolución. Asimismo, se evidencia que la accionante interpuso recurso de apelación contra el Auto de 10 de abril de ese año, que declaró la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, que se encuentra ante el Tribunal de alzada para ser resuelto.