SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2015-S3

Fecha: 08-Abr-2015

deberá fijar la audiencia con la prontitud que el caso aconseja, o en su caso, dadas las circunstancias que puedan presentarse, dentro de un plazo razonable. En ese contexto, tanto autoridades judiciales, fiscales u otras autoridades administrativas, deben atender las solicitudes y trámites en los que esté de por medio el derecho a la libertad,

Si bien la norma prevé la solicitud a la cesación de la detención preventiva, esta no determina el plazo para el señalamiento de la audiencia, la jurisprudencia constitucional a través de la SC 0570/2006-R de 19 de junio, señaló que: “…para resolver y compulsar cualquier solicitud que se encuentre vinculada con el derecho a la libertad, el juez encargado del control jurisdiccional o el juez o tribunal del juicio, deberá fijar la audiencia con la prontitud que el caso aconseja, o en su caso, dadas las circunstancias que puedan presentarse, dentro de un plazo razonable. En ese contexto, tanto autoridades judiciales, fiscales u otras autoridades administrativas, deben atender las solicitudes y trámites en los que esté de por medio el derecho a la libertad, con la mayor celeridad posible, con la finalidad de que la situación jurídica de las personas, dado el derecho primario que se encuentra amenazado o restringido, pueda ser definida sin dilaciones indebidas” (las negrillas son nuestras).

La autoridad jurisdiccional, al momento de fijar día y hora de audiencia debe tener presente que este beneficio, debe ser considerado en un término breve, tomando en cuenta que el imputado se encuentra privado de libertad. Por lo que, el plazo razonable para el señalamiento, realización de la audiencia, consideración y resolución de la cesación de la detención preventiva, deberá ser en un término razonable, la que incluye todas las diligencias pertinentes para su realización, lo contrario constituye una vulneración del derecho a la libertad.