SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0374/2015-S3

Fecha: 08-Abr-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 18 de agosto de 2014, solicitó audiencia de cesación a la detención preventiva ante el Juez de Sentencia Penal del departamento de Pando -hoy demandado-, sin que hasta la fecha de la interposición de la presente acción de libertad se hubiese llevado a cabo la misma, sin considerar la amplia jurisprudencia constitucional que señala que presentada la solicitud de audiencia debe llevarse a cabo dentro de los tres días; ello implica que a la fecha con la retardación efectuada atribuible al referido Juez ahora demandado, se está vulnerando su derecho a la libertad, en razón a que solo se debe presentar el registro domiciliario, toda vez que ya desvirtuó los peligros procesales de obstaculización y fuga, referido al trabajo y familia quedando por demostrar solo el domicilio.