SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0375/2015-S2
Fecha: 15-Abr-2015
II.1.
II.1. Memorial de 15 de agosto de 2014, por el cual Kenia Carola Varani Mojica, se apersonó ante Osman Arias Villarro, Fiscal de Materia, solicitando dejar sin efecto el mandamiento de aprehensión en su contra (fs. 5). Asimismo, presentó escrito el 19 de igual mes y año, ante la Jueza Décima Quinta de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz -ahora demandada-, pidiendo dejar sin efecto el mandamiento de aprehensión en su contra y señalamiento de audiencia para la recepción de su declaración informativa, indicando que, habiéndose apersonado ante el Fiscal de Materia, titular de la investigación, éste, no dejó sin efecto el citado mandamiento (fs. 37 a 38). En respuesta, la Jueza demanda, decretó el 20 de agosto de 2014, la notificación al representante del Ministerio Público para su pronunciamiento en el plazo de tres días desde su notificación (fs. 39).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. El principio de celeridad en la administración de justicia
- III.3. la acción de libertad o de pronto despacho
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo