Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0379/2015-S2
Fecha: 08-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante alega que la autoridad demandada vulneró su derecho a la libertad y al debido proceso del accionante, al no remitir ante el superior en grado a la brevedad posible el recurso de apelación incidental formulada por su parte, conforme lo establece el art. 251 de CPP.; argumentado negligencia de los sujetos procesales, al no proporcionar las copias necesarias para conformar el cuaderno de apelación y se proceda a su remisión, pese a la conminatoria realizada por el Juez cautelar demandada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concede
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1.
- III.
- Fragmento 13
- III.3. Recaudos de ley y el principio de gratuidad en la administración de justicia
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR