Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2015-S3
Fecha: 17-Abr-2015
II.2.
II.2. Por proveído de 23 de septiembre de 2014, Marisol Garcia Salazar, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal, Liquidadora y cautelar de Quillacollo del departamento de Cochabamba -ahora demandada-, señaló audiencia para el 20 de octubre del mismo año, a efecto de considerar la solicitud de cesación a la detención preventiva (fs. 66).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR