Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2015-S2
Fecha: 20-Abr-2015
II.4.
II.4. Cursa orden de aprehensión de 5 de septiembre de 2014, emitida por Alberto Cornejo Ferrufino, Fiscal de Materia contra Ignacio Cossio Vilchez, por la presunta comisión del delito de avasallamiento, que sigue el Ministerio Público a denuncia de Marcelina Tapia contra Mery Rodríguez y “otros”, con la finalidad que responda por la presunta comisión del refrido delito dentro del proceso “FELCC-DP8-768/14” (fs. 6).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepcionalidad de la subsidiariedad en la acción de libertad, -imposibilidad de ingresar al análisis de fondo-
- de manera excepcional, no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad, a objeto de guardar el equilibrio y complementariedad entre ambas jurisdicciones, en los siguientes supuestos
- De donde se infiere, que las aprehensiones policiales o fiscales deben ser previamente denunciadas ante el juez cautelar, y sólo cuando la lesión al derecho a la libertad no hubiera sido reparada por dicha autoridad, recién es posible acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad.
- III.3.
- CONFIRMAR