SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2015-S3

Fecha: 17-Abr-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso investigativo seguido en su contra, por la supuesta comisión del delito de abuso sexual, el Fiscal de Materia -ahora demandado- fijó día y hora de declaración informativa para el jueves 14 de agosto de 2014; en ese sentido, con el fin de coadyuvar con la investigación, solicitó la suspensión de dicho acto procesal, toda vez que su abogada defensora fue notificada con una audiencia de inspección ocular; sin embargo, se desconoce el decreto a dicha solicitud; asimismo, el Ministerio Público no requirió hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, absolutamente nada, por lo que en mérito al art. 223 Código de Procedimiento Penal (CPP), presentó memorial el 25 de septiembre del mismo año, solicitando señalamiento de día y hora para su declaración, sin obtener respuesta alguna dentro del plazo establecido; y, agregó que a la fecha -de interposición de la presente acción tutelar-, existiría persecución indebida por parte del Ministerio Público, puesto que se dispuso mandamiento de aprehensión en su contra.