Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0406/2015-S3
Fecha: 17-Abr-2015
II.3.
II.3. Consta citación a audiencia de declaración informativa a Ernesto Payi Condori -hoy accionante-, con la finalidad que el mismo comparezca ante la autoridad del Ministerio Público, el jueves 14 de agosto de 2014. (fs. 5). Asimismo, cursa memorial del actual accionante, presentado el 15 del mismo mes y año, solicitando nuevo señalamiento de día y hora de declaración informativa policial. (fs. 6)
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el Código de procedimiento penal al prever la existencia de un órgano jurisdiccional competente para conocer y resolver de manera directa y expedita, las supuestas vulneraciones a los derechos y garantías que pudieran tener origen en los órganos encargados de la persecución penal
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos.
- III.2.Análisis del caso concreto
- Fragmento 10
- 2°