Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2015-S3
Fecha: 23-Abr-2015
II.2.
II.2. El Juez Tercero de Instrucción en lo Penal de La Paz, remitió nota oficial de 17 de septiembre de 2014, dirigida al Director del Recinto Penitenciario de “San Pedro”, misma que fue recibida en dicho Penal en esa fecha. Dicha nota pone en conocimiento de la autoridad hoy demandada, la Resolución 139/2014, para los fines consiguientes de ley (fs. 3 a 4).
- acción de libertad
- a)
- remita a mi domicilio y que no me mueva del mismo
- 1)
- negó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR