Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0411/2015-S3
Fecha: 23-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por intermedio de su representante denuncia la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales vinculados a su derecho a la libertad, debido a que habiendo sido revocada la Resolución “171/2014”, que disponía su detención domiciliaria, el Gobernador demandado ordenó se mantenga la misma, debido a que el oficio remitido a su autoridad por el Juez de la causa, no era específico en cuanto a que dicha medida debía ser levantada; por lo cual, en forma indebida, le exigió la mencionada Resolución revocada, incumpliendo y dilatando de esa forma lo dispuesto por la autoridad judicial.
- acción de libertad
- a)
- remita a mi domicilio y que no me mueva del mismo
- 1)
- negó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR