SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0413/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0413/2015-S1

Fecha: 30-Abr-2015

a)

Solicitan se conceda la tutela y en consecuencia se disponga: a) La nulidad del Auto de Vista 219/2013 de 11 de diciembre, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz b) La nulidad del Auto Supremo 100/2014 de 7 de abril, pronunciada por la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia; y, c) Se ordene la reparación y restauración de los derechos conculcados, y se dicte nuevo Auto Supremo conforme a la normativa vigente.

Erwin Sánchez Freking, como tercer interesado mediante sus abogados mencionó que: a) Los accionantes observaron que la doctrina legal aplicable no condice con el caso concreto; sin embargo, de manera maliciosa solo señalaron una parte del Auto Supremo 679/2010 de 17 de diciembre, por lo que las autoridades demandas actuaron conforme a derecho; y, b) La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cumpliendo con lo dispuesto por el Auto Supremo 100/2014 impugnado, dictaron Auto de Vista 66/2014 de 20 de agosto; siendo coincidente con lo expuesto por Maritza Suntura Juaniquina y Norka Natalia Mercado Guzmán Magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, sobre la existencia de recursos ordinarios que el impetrante de tutela puede activar contra el mencionado Auto de Vista.