SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0413/2015-S1
Fecha: 30-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian que las autoridades demandadas lesionaron sus derechos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a los principios de seguridad jurídica, legalidad y congruencia, primero con la emisión del Auto de Vista 219/2013 dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal de Justicia de Santa Cruz, ya que el indicado Auto de manera absurda inexplicable e ilegal absolvió de culpa y pena al acusado que fue condenado por el delito de uso de instrumento falsificado en primera instancia.
También señalan que existió vulneración a sus derechos por parte de las Magistradas de la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, al emitir el Auto Supremo 100/2014, que resolvió el recurso de casación, que si bien anula el Auto de Vista impugnado, lo hicieron bajo fundamentos incongruentes que no condicen con lo peticionado en el memorial de casación y que ingresaron a revalorar la prueba generando contradicciones entre lo pedido y lo resuelto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- ultra petita
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la autoridad que emite una resolución necesariamente debe exponer los hechos, la valoración efectuada de la prueba aportada, los fundamentos jurídicos de su determinación y las normas legales que aplica al caso concreto y que sustentan su fallo; lo que de ninguna manera implica una argumentación innecesaria que abunde en repeticiones o cuestiones irrelevantes al caso, sino que al contrario debe desarrollar, pero con precisión y claridad, las razones que motivaron al juzgador a asumir una determinada resolución,
- a menos que como resultado de esa valoración se hayan lesionado derechos y garantías constitucionales por apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad o cuando se hubiere omitido arbitrariamente valorar una prueba
- derecho de todo actor o demandante a obtener una resolución o sentencia jurídicamente fundamentada sobre el fondo de lo peticionado.
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR