SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0415/2015-S3

Fecha: 23-Abr-2015

II.2.

II.2.  La Sala Primera Especializada del Tribunal Constitucional Plurinacional, emitió la SCP 0110/2014-S1 de 26 de noviembre, resolviendo en revisión revocar la Resolución de 29 de mayo de 2014, y en consecuencia denegó la tutela solicitada, señalando que: “…no se evidencia que la autoridad jurisdiccional haya vulnerado el derecho a la libertad de los accionantes, pues respondió la solicitud conforme a derecho, ya que efectivamente, es la directora de la investigación quien conforme a lo previsto por los arts. 70 y 297 del CPP, en primera instancia fue a quien requirió para la extensión del registro domiciliario y por tanto es, esa misma autoridad la que está obligada a requerir su complementación y no así la autoridad jurisdiccional; por lo que se evidencia en todo caso, que la Jueza cautelar ahora demandada, realizando el control jurisdiccional respectivo, orientó a los imputados para que acudan a la autoridad llamada por ley para el efecto pretendido; por lo que con ese actuado, correspondía a los accionantes acudir nuevamente ante el representante del Ministerio Público; sin embargo, no lo hicieron, pues activaron directamente la presente jurisdicción constitucional sin considerar el carácter subsidiario de la misma” (Gestión Procesal del Tribunal Constitucional Plurinacional).