Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2015-S2
Fecha: 20-Abr-2015
1°
1° REVOCAR en parte la Resolución 115/2014 de 2 de octubre, cursante de fs. 158 a 162, pronunciada por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solo en relación a Ramiro López Guzmán, Vocal de la Sala Penal Primera del mismo Tribunal Departamental de Justicia, disponiendo que en caso de no haberse resuelto la apelación, en el plazo de veinticuatro horas de su legal notificación, se señale día y hora de audiencia para resolver la misma; cuya celebración efectiva deberá realizarse dentro de los tres días siguientes; y,
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Tribunal Octavo de Sentencia Penal
- : a)
- denegó
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.2. La dilación en la remisión del recurso de apelación de las resoluciones que rechazan la solicitud de cesación de detención preventiva
- III.3. Con relación a la protección del derecho a la salud vinculado con el derecho a la vida
- III.4. Jurisprudencia constitucional respecto a la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.5. Análisis del caso concreto
- contra los señalados.
- 1°