Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0421/2015-S2
Fecha: 20-Abr-2015
II.5.
II.5. El Tribunal Octavo de Sentencia Penal del departamento de la Paz, emitió el Auto Interlocutorio 65/2014 de 4 de julio, rechazando la cesación a la detención preventiva solicitada por el accionante; posteriormente éste interpuso complementación y enmienda que fue negada e inmediatamente de forma oral presentó apelación incidental contra el mencionado Auto, disponiendo el Tribunal, “se tiene presente y se remita al Tribunal Departamental de Justicia” (sic) (fs. 13 a 19).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- Tribunal Octavo de Sentencia Penal
- : a)
- denegó
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.2. La dilación en la remisión del recurso de apelación de las resoluciones que rechazan la solicitud de cesación de detención preventiva
- III.3. Con relación a la protección del derecho a la salud vinculado con el derecho a la vida
- III.4. Jurisprudencia constitucional respecto a la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.5. Análisis del caso concreto
- contra los señalados.
- 1°