SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2015-S2
Fecha: 29-Abr-2015
II.2.
II.2. En base a la Orden de Verificación 0012OVE01624 de 10 de julio de 2012, detallado en el anexo adjunto, y Vista de Cargo 0012-821-0012OVE01624-0629/2012 de 16 de noviembre, el Gerente a.i. de GRACO de Santa Cruz del SIN, emitió la Resolución Determinativa 17-00688-12 de 28 de diciembre de 2012, mediante la cual determinó la existencia de obligaciones impositivas del contribuyente INGENIUM - ingenieria de soluciones S.R.L. por un monto de UFV's1 444 893 ( un millón cuatrocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos noventa y tres unidades de fomento a la vivienda) equivalente a Bs2 601 024.- por omisión de pago de tributos, sancionando con una multa de Bs1 034 217.- sobre el tributo omitido; y, con una multa equivalente a Bs5400.- por incumplimiento de deberes formales respecto a la entrega de información y documentación requerida por la Administración Tributaria (fs. 60 a 83).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. En cuanto al debido proceso y su configuración
- III.2. El principio non bis in ídem como garantía procesal ante un doble juzgamiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR