SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2015-S2
Fecha: 29-Abr-2015
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
La empresa accionante denuncia la vulneración del principio non bis in ídem, toda vez que, fue sometida a doble procesamiento y sanción por parte de la Gerencia de GRACO de Santa Cruz del SIN; instancia que dictó las Resoluciones Determinativas: 17-00582-12 y 17-00688-12 ambas de 28 de diciembre de 2012, estableciendo en ellas, adeudos tributarios respecto a los mismos periodos fiscales correspondientes a febrero, marzo, mayo, julio, agosto y septiembre de 2008, e imponiéndole multas que sobrepasan entre ambas los Bs4 000 000.- (cuatro millones bolivianos) y que incluyen tributo omitido, intereses, multas y otros cargos sobre base cierta. Agrega que contra tales determinaciones, formuló recurso de alzada que confirmó las resoluciones impugnadas, motivando la interposición de recursos jerárquicos, mismos que fueron resueltos confirmando los fallos impugnados por la AGIT, sin valorar correctamente los hechos, ni evidenciar el doble procesamiento y sanción, para corregir los errores denunciados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. En cuanto al debido proceso y su configuración
- III.2. El principio non bis in ídem como garantía procesal ante un doble juzgamiento
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR