Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0425/2015-S1
Fecha: 04-May-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La parte accionante alega la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso, a la “seguridad jurídica” y a la defensa, señalando los arts. 9, 13, 22, 23, 115, 116, 117, 119, 120 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8 y 9 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- concedió
- II.1
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.3. De la acción de libertad
- III.4. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- III.5.
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16