Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2015-S3
Fecha: 04-May-2015
II.1.
II.1. El informe ecográfico emitida por la Clínica “Niño Jesús”, evidencia que Virginia Montero Mamani -esposa del accionante- al 10 de marzo de 2014, se encontraba en un periodo de gestación de diecinueve semanas. Del mismo modo, por informe ecográfico de 16 de abril del, mismo año, el Laboratorio de análisis clínico y ecografía “Rocha”, certificó que contaba con un periodo de gestación de veinticinco a veintiséis semanas (fs. 5 y 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad tratándose de mujeres en estado de embarazo y padres progenitores
- ). La madre y/o padre progenitores sea cual fuere su estado civil, gozara de inamovilidad laboral desde la gestación, hasta que su hijo o hija cumpla un (1) año de edad,
- Se garantiza la inamovilidad laboral
- III.3. Los contratos laborales a plazo fijo, su relación con la protección a la mujer en estado de embarazo y su alcance a los padres progenitores
- a) el art. 21 de la LGT, prevé que en los contratos a plazo fijo se produce reconducción cuando el trabajador continúa sirviendo vencido el término del convenio
- Consiguientemente, tratándose de contratos a plazo fijo, también podemos hablar de estabilidad laboral, si al vencimiento del término correspondiente persisten las actividades para las que el trabajador fue contratado
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR