SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2015-S3

Fecha: 04-May-2015

II.6.

II.6. Por Auto de 26 de mayo de 2014, José Emigdio Sangüeza Antezana, titular de la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz -hoy codemandado-, en la denuncia de reincorporación laboral opuesta por Berthy Percy Banegas Rojas -ahora accionante-, refiere que al existir una demanda laboral presentada por el denunciante, la misma debe concluirse hasta contar con sentencia ejecutoriada, existiendo pruebas que requieren interpretación y que la entidad que dirige es conciliadora, por lo que decidió declinar de competencia dejando la vía expedita para que las partes hagan prevalecer sus derechos de acuerdo a ley (fs. 24 a 26).