SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0446/2015-S3

Fecha: 07-May-2015

concedió

La Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 536/2014 de 9 de octubre, cursante de fs. 591 a 596 vta., concedió la tutela, disponiendo dejar sin efecto el AS 127/2014, debiendo dictarse nueva resolución, bajo los siguientes fundamentos: 1) En relación a la legitimación pasiva de Carmen Núñez Villegas y María Arminda Ríos García -Magistradas hoy codemandadas-, si bien no dictaron el Auto Supremo impugnado, ante una eventualidad de concederse la acción, tendrán que ser ellas quienes la conozcan y la resuelvan; 2) De la revisión del Auto Supremo, se concluye que los Magistrados ahora demandados se limitaron a analizar aspectos formales que hacen a la presentación del recurso de casación, no habiéndose considerado las diferentes denuncias realizadas contra la Resolución de primera instancia; 3) De acuerdo a la jurisprudencia constitucional, las autoridades judiciales deben dejar de lado los criterios formalistas y dar prioridad a la resolución de las causas sometidas a su conocimiento; y, 4) La parte accionante realizó en el memorial de casación reclamos específicos relacionados con la valoración de la prueba en la que incurrieron las anteriores autoridades judiciales, fundamentación que de cierto modo cubriría los requisitos mínimos para resolver el citado recurso en el fondo.