SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2015-S3
Fecha: 07-May-2015
III.2. Análisis del caso concreto
Previo a verificar el cumplimiento de los presupuestos establecidos ut supra, para la revisión de las determinaciones asumidas en sede administrativa, es necesario aclarar que la misma se efectúa a través de la última resolución, por cuanto ella tiene la posibilidad de revocar, modificar y/o anular las determinaciones asumidas por la autoridad de menor jerarquía, conforme establece el art. 17 del Reglamento de Procesos Internos de la Caja Nacional de Salud. En ese sentido, el análisis partirá de la Resolución jerárquica 24/2014 de 18 de julio.
En forma concreta, mediante Resolución sumarial 003/2013 de 28 de noviembre, el accionante fue destituido de sus funciones de la CNS Regional Beni, en razón a que se estableció responsabilidad administrativa. Ante esa decisión, planteó recurso de revocatoria y jerárquico; empero, ambas confirmaron la destitución dispuesta por la Autoridad Sumariante.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1.
- 3)
- III.2.2.
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- la norma procesal debe establecer con carácter específico que la autoridad pierde competencia si emite el fallo fuera de tal término, o lo que es lo mismo, la pérdida de competencia debe estar expresamente señalada en la Ley,
- CONFIRMAR