Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0452/2015-S3
Fecha: 07-May-2015
III.2.1.
III.2.1. Sobre el reclamo de que la Autoridad Sumariante no fue designada a principio de gestión; no se tomó en cuenta que como funcionario de carrera el recurso jerárquico debió ser conocido por la Dirección General del Servicio Civil; y, que habría sido procesado por faltas y sanciones contenidas en el reglamento interno que no están adecuadas a la nueva Constitución Política del Estado; de la revisión del recurso jerárquico planteado por el accionante se advierte que los puntos reclamados fueron los siguientes:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1.
- 3)
- III.2.2.
- apartamiento de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsible para decidir
- la norma procesal debe establecer con carácter específico que la autoridad pierde competencia si emite el fallo fuera de tal término, o lo que es lo mismo, la pérdida de competencia debe estar expresamente señalada en la Ley,
- CONFIRMAR