SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0455/2015-S2
Fecha: 05-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante estima la vulneración de sus derechos a la libertad y el debido proceso en su triple dimensión, en sus elementos de debida fundamentación, a la defensa, a la igualdad y a la tutela judicial efectiva; aduciendo que, formulada la apelación incidental de la medida cautelar de detención preventiva impuesta, los Vocales demandados dejaron subsistente el peligro de obstaculización, indicando que en libertad podría influir sobre la víctima, cuando esta situación no fue debatida en audiencia de medidas cautelares y tampoco fue motivo de agravio, extralimitándose al mantener vigente su detención preventiva, ya que no es factible señalar que concurra dicho peligro, sin especificar cuál el elemento que obstaculizaría la averiguación de la verdad o influir negativamente en dicha investigación, además que no valoraron los medios de prueba aportados, como tampoco de qué manera en su situación de discapacidad podría influir negativamente en la investigación, manteniendo la lesión a su derecho a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. El deber de fundamentación de las resoluciones que impongan o, modifiquen medidas cautelares y las que se pronuncien en el recurso de apelación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo