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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0484/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0484/2015-S1

    Fecha: 15-May-2015

    II.8.

    II.8.    Radiograma de 27 de octubre de 2014, expedido por Francisco Javier Alcázar Sanjinés Director Nacional de Personal de la Policía Boliviana mediante el que se destina a Juan Carlos Alarcón Altamirano a cumplir funciones en el Comando Departamental de Policía de Potosí, en mérito a que asuma defensa en su proceso penal (fs. 27).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • I.2.3 Intervención del Tercero Interesado
    • denegó
    • II.5.
    • II.7.
    • II.8.
    • III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. Sobre el derecho a la petición
    • es exigible: 1. La existencia de una petición oral o escrita; 2. La falta de respuesta material y en tiempo razonable a la solicitud y 3. La inexistencia de medios de impugnación expresos con el objetivo de hacer efectivo el derecho de petición
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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