SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2015-S2

Fecha: 07-May-2015

II.7.

II.7. Cursa Auto de Vista 64/2014, por el cual los Vocales ahora demandados, bajo el fundamento que la interpretación realizada por la autoridad jurisdiccional, fue la correcta, declararon sin lugar el señalado recurso de apelación incidental y en consecuencia confirmaron el Auto interlocutorio de 4 de abril de 2012, manifestando que el ahora accionante, al haber ratificado mediante Resolución de 5 de mayo de 2010, a David Balderrama Paredes en el cargo de Secretario General Interino, posterior a la publicación de la Ley 004, dicha conducta delictiva se habría acomodado en vigencia de dicha Ley (fs. 73 a 76).