Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0492/2015-S1
Fecha: 18-May-2015
denegó
El Juez Cuarto de Sentencia en lo Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 42/2014 de 7 de noviembre, cursante de fs. 26 a 28, por la que denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: a) Se respetaron las normas referentes al debido proceso; b) La autoridad demandada actuó de manera correcta y dentro lo establecido en el art. 161 del CPC; y, c) No se puede realizar una nueva valoración probatoria porque se desnaturalizaría el carácter de contralor de la Constitución.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- II.3.
- 1)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. La importancia del derecho a la libertad personal y su protección a través de la acción de libertad
- III.3. Del apremio en cuanto al cumplimiento del art. 161 del CPC, para depositarios que infrinjan su obligación de exhibir y/o entregar los bienes otorgados en depósito
- III.4. De la persecución ilegal
- III.5. Análisis del caso concreto
- deberá, sin excusa alguna
- Fragmento 15