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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0492/2015-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0492/2015-S1

    Fecha: 18-May-2015

    II.3.

    II.3.  El 1 de octubre de 2014, la Jueza demandada dictó Auto rechazando la admisión y sustanciación de la apelación señalada precedentemente por estar “impuesta por ley conforme el art. 161 del CPC” (sic), y en cumplimiento al artículo referido dispuso se libre mandamiento de apremio en contra de la ahora accionante (fs. 6).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • 1)
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  La importancia del derecho a la libertad personal y su protección a través de la acción de libertad
    • III.3.  Del apremio en cuanto al cumplimiento del art. 161 del CPC, para depositarios que infrinjan su obligación de exhibir y/o entregar los bienes otorgados en depósito
    • III.4.  De la persecución ilegal
    • III.5.   Análisis del caso concreto
    • deberá, sin excusa alguna
    • Fragmento 15

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