SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2015-S1

Fecha: 22-May-2015

a)

El accionante a través de su abogado ratificó el contenido de la acción de amparo constitucional y complementó la misma señalando que: a) Se adjunta en el expediente informe de asistencia del mes de agosto firmado por la Unidad Administrativa de la Dirección de Contratos del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija; b) La ley garantiza la inamovilidad laboral de ambos progenitores, señaló esto porque, su esposa trabaja también en el SEDECA, la inamovilidad constitucional no hace discriminación para uno u otra progenitor, sino otorga inamovilidad funcionaria a ambos funcionarios; c) La no cancelación de depósitos a la AFP, es un delito penal de retención de fondos de los trabajadores; y, d) Sólo el salario de la esposa no alcanza para la manutención de su hogar.