SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0505/2015-S1

Fecha: 22-May-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 15 de noviembre de 2011, fue contratado mediante memorándum GOB/D/0469/2011, como Jefe de la Unidad de Administración de Maquinaria y Equipos del SEDECA, hasta que el 23 de julio de 2014, le dieron memorándum DIR 00504/2014, degradándole de cargo a Jefe de Maestranza sin rebajarle el sueldo; sin embargo, no fue ejecutado debido a la declaratoria en comisión en la Gobernación, como parte de la comisión de la licitación pública de adquisición de equipos pesados para el SEDECA, tiempo en el cual tomó conocimiento del embarazo riesgoso de su esposa de data anterior al último memorándum mencionado; por lo que, a la conclusión de la comisión encomendada el 18 de septiembre del citado año, hizo conocer este extremo al Director del SEDECA de Tarija -ahora demandado- quien no dió respuesta a su solicitud de inamovilidad funcionaria, pese a estar presentándose todos los días en su oficina en horario de trabajo y sin marcar asistencia.

Por lo señalado, presentó denuncia ante el Ministerio de Trabajo, derivando esta en la conminatoria de reincorporación J.D.T.T./141/14 de 2 de octubre de 2014, presentado en la misma fecha a la Dirección de SEDECA, pese a ello, no se procedió a la misma ni al pago de sus salarios de agosto y septiembre.

Asimismo, señala que el SEDECA no realizó los aportes a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), desde el mes de enero, pese a haber tramitado el pago de bono antigüedad y que por lo sucedido, el demandado no le quiso pagar viáticos por un viaje realizado, además refiere que esta situación le estaría ocasionando grave daño al estar su esposa embarazada y con una niña de un año y tres meses, no pudiendo pagar el alquiler de su vivienda, su deuda en el banco y sin contar con un ingreso mínimo para la manutención de su familia.