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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2015-S2

    Fecha: 21-May-2015

    Fragmento 12

              El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Segunda; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 07/2014 de 12 de noviembre, cursante de fs. 23 a 26, pronunciada por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Tarija; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • 2)
    • II.1.
    • III.1. Excepcionalidad de la subsidiariedad en la acción de libertad,                   -impedimento de ingresar al estudio de fondo-
    • de manera excepcional, no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad, a objeto de guardar el equilibrio y complementariedad entre ambas jurisdicciones, en los siguientes supuestos
    • De donde se infiere, que las aprehensiones policiales o fiscales deben ser previamente denunciadas ante el juez cautelar, y sólo cuando la lesión al derecho a la libertad no hubiera sido reparada por dicha autoridad, recién es posible acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad.
    • 'Primer supuesto:
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 12

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