Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0507/2015-S2
Fecha: 21-May-2015
II.1.
II.1. Mediante informe complementario, emitido por el investigador asignado al caso, Gilbert Ortiz Flores, se señala que el 11 de noviembre de 2014, se procedió con la aprehensión de Maribel Cinthia Astete Medina, en dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen, al haberse pronunciado una resolución fiscal de aprehensión ya que la misma estaría obstaculizando la investigación (fs. 10).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- 2)
- II.1.
- III.1. Excepcionalidad de la subsidiariedad en la acción de libertad, -impedimento de ingresar al estudio de fondo-
- de manera excepcional, no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad, a objeto de guardar el equilibrio y complementariedad entre ambas jurisdicciones, en los siguientes supuestos
- De donde se infiere, que las aprehensiones policiales o fiscales deben ser previamente denunciadas ante el juez cautelar, y sólo cuando la lesión al derecho a la libertad no hubiera sido reparada por dicha autoridad, recién es posible acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad.
- 'Primer supuesto:
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12